El ordenamiento jurídico español acepta diversas formas de divorcio. Así, en una primera aproximación se reconocen dos tipos de divorcio en España, el denominado divorcio por mutuo acuerdo, y el divorcio contencioso.

El divorcio, o la disolución del vínculo matrimonial, es uno de los procesos judiciales más demandados en nuestro país. Además del impacto emocional que ocasiona y de los cambios que genera, implica la tramitación de algunos procedimientos particulares.

Su regulación se incluye en el Título IV y en el Capítulo VIII del Código Civil. El artículo 85 establece que el matrimonio se disuelve por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges, o por el divorcio.

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    Tipos de divorcio

    Lo que determina el tipo de divorcio que deberá aplicarse es la actitud y la voluntad de los cónyuges. Estos tienen dos opciones: o hacerlo de mutuo acuerdo, negociando amigablemente y llegando a una solución compartida, o acudir a un tribunal y que sea el juez quien resuelva todas las condiciones, lo que se denomina divorcio contencioso. 

    Divorcio de mutuo acuerdo

    El proceso del divorcio de mutuo acuerdo entre las partes, es uno de los tipos de divorcio en España considerado como la mejor opción para la disolución matrimonial. Así lo demuestran las estadísticas y un amplio consenso entre los abogados especializados en Derecho de Familia.

    Resulta en un proceso más económico para los cónyuges y es menos lesivo con los hijos, involucrados directamente de manera involuntaria. En un divorcio de mutuo acuerdo se discute amigablemente cómo disolver el régimen económico. Es decir, cómo repartir los bienes, y cómo poder criar a los hijos menores estableciendo la custodia compartida, o monoparental con régimen de visitas en algunos casos, y las pensiones alimenticias y compensatorias que correspondan.

    En aquellos casos en los que no medien hijos comunes el divorcio podrá realizarse por vía notarial. Este es el proceso más recomendable, dado que es rápido y sumamente económico. Basta con que los cónyuges se presenten ante el notario y manifiesten su voluntad inequívoca de divorciarse, aportando el convenio regulador. Solo será denegado el divorcio si el convenio perjudica gravemente los intereses de uno de los ex cónyuges.

    Divorcio contencioso

    Si los cónyuges no consiguen conciliar sus posturas y sus pretensiones, la solución está en dirimir el pleito frente a un juez. En este caso deberán solicitarse las medidas reguladoras de la ruptura, donde se establezca cuál es el tipo de régimen económico del matrimonio. Es decir, si es de separación de bienes o es en bienes gananciales, ya que influirá en el reparto. En cualquier caso será el juez quien determine las medidas definitivas.

    El divorcio contencioso es un procedimiento complejo y costoso, pero es la única vía para terminar el vínculo matrimonial si no hay acuerdo entre partes. En este tipo de divorcio debe mantenerse la voluntad de poner fin al nexo matrimonial, proponiendo las medidas que se adoptarán como consecuencia de la ruptura.

    La demanda será notificada al cónyuge y este deberá contestar en un plazo no superior a los 20 días. Tendrá la oportunidad de manifestar su conformidad con los términos o podrá oponerse a las medidas propuestas, solicitando otras. Con la demanda a la vista, el juez citará a las partes para que presenten las pruebas que justifican sus solicitudes y dictará sentencia de divorcio, en la que establecerá de manera inequívoca las medidas definitivas que regularán la ruptura matrimonial

    Tipos de divorcio en España y sus procedimientos

    Ante la decisión de una ruptura matrimonial debe primar es el sentido común. La asistencia letrada es obligatoria y recomendada, ya que pueden culminar todos los trámites más rápida y efectivamente y de la forma menos dolorosa para las partes.

    Si la disolución del vínculo matrimonial se va a realizar de mutuo acuerdo, es suficiente con la presencia de un solo abogado, ya que puede representar a los dos cónyuges.

    En primer lugar, se redacta un convenio regulador, que se presentará ante los juzgados para su ratificación y para que las partes reconozcan que están de acuerdo y que sus firmas corresponden.

    Si hay hijos involucrados, el texto pasa al Ministerio Fiscal para su comprobación, tras lo cual se emitirá un informe. El juez emitirá la correspondiente sentencia, y el divorcio se inscribirá en el Registro Civil.

    Este procedimiento, por lo general, puede quedar resuelto en menos de tres meses. En cambio, si no se consigue un acuerdo entre las partes y se opta por la vía contenciosa, todo dependerá de la celeridad y la disponibilidad que disponga el juzgado que corresponda.

    El juzgado puede solicitar una vista previa y en algunos casos puede pasar más de un año hasta que se celebre la vista definitiva. Además, siempre se puede recurrir la sentencia, lo que añadirá una mayor dilación. 

    Factores que determinan la duración del divorcio

    • Voluntad de las partes.
    • Cantidad de hijos en común.
    • Patrimonio de los cónyuges y de la sociedad matrimonial.
    • Importe de las pensiones solicitadas.

    Generalmente los cónyuges se enfocan en el conflicto y no en las necesidades que puedan tener los hijos. Cuando se negocian las condiciones de separación de un matrimonio, en cualquiera de los tipos de divorcio en España, es imprescindible dejar a un lado las discrepancias como pareja y centrarse en el objetivo común: el bienestar de los niños y la vuelta a la normalidad de la pareja.

    Lo ideal es evitar el conflicto y tratar de evadir la vía judicial, ya que quien resolverá la disputa será el juez, y los cónyuges perderán todas las oportunidades de controlar el convenio final.

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