En este artículo vamos a explorar las fases del concurso consecutivo, una de las etapas más importantes de la Ley de Segunda Oportunidad. Si necesitas cancelar tus deudas, las has adquirido de buena fe y eres una persona natural, te interesa conocer este procedimiento.

Así, la Ley de Segunda Oportunidad permite a las personas naturales (particulares y autónomos) librarse de todas sus deudas. Para ello regula un proceso dividido en dos etapas:

  1. El Acuerdo Extrajudicial de Pagos. Se trata de una etapa pre procesal, donde el afectado puede negociar con sus acreedores privados y llegar a cancelar la práctica totalidad de sus deudas.
  2. El concurso consecutivo. Se trata de una etapa procesal, donde el afectado solicitará al Juez la exoneración de aquellas deudas que no pueda pagar.

Analicemos las fases del concurso consecutivo, no sin antes recordar que, a la hora de cancelar tus deudas, la mejor opción es contratar a un abogado especializado en Segunda Oportunidad para recurrir a este proceso. La Ley Concursal no es clara en algunos de sus aspectos, de modo que resulta fundamental tener experiencia en la materia para exprimir al máximo sus ventajas.

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    Las fases del proceso de Segunda Oportunidad

    Como decimos, el mecanismo de Segunda Oportunidad se articula en dos fases. Desde el momento en que solicitemos la apertura del proceso se designará un mediador concursal. Si encontramos mediador (ya que en ocasiones no hay profesionales que acepten el nombramiento) comenzará la fase de negociación.

    El Acuerdo Extrajudicial de Pagos

    Intentar negociar con los acreedores suele ser el modo más rápido y efectivo de librarse de parte de las deudas. Además, aquellas deudas que no sean condonadas podrán aplazarse o fraccionarse, lo que nos ayudará a salir de la insolvencia.

    La Ley de Segunda Oportunidad introduce una serie de beneficios aplicables a la negociación extrajudicial. Así, podemos detener el devengo de intereses o las ejecuciones y embargos.

    Además, esta herramienta nos permite mejorar nuestra posición en la mesa de negociación. Y es que bastará con que recabemos el apoyo de parte de los acreedores para poder imponer los pactos al resto de acreedores.

    En definitiva, la Ley de Segunda Oportunidad facilita las negociaciones, permitiéndonos flexibilizar la deuda para hacerla más llevadera. Muchas veces bastará con tramitar esta negociación para salir de la insolvencia.

    El concurso consecutivo

    Cuando el Acuerdo Extrajudicial de Pagos fracasa no tendremos más opción que acudir al concurso consecutivo. Este evento puede ocurrir por varias causas. Por ejemplo:

    • Que la mayoría de nuestros acreedores sean de carácter público.
    • También basta con que nuestro acreedor mayoritario sea reticente al acuerdo.
    • Que no tengamos nada que ofrecer a nuestros acreedores.

    En definitiva, existen varias causas para que nos veamos abocados al concurso consecutivo. Pero esto no es negativo si contamos con la asistencia de un abogado especializado en Segunda Oportunidad.

    Las fases del concurso consecutivo

    Llamamos concurso consecutivo a aquel que deriva de:

    • La incapacidad de llegar a un acuerdo de refinanciación o un Acuerdo Extrajudicial de Pagos.
    • O de cumplir el acuerdo de refinanciación o el acuerdo extrajudicial de pagos.
    • Por último, el solicitado por el deudor cuando se declare la nulidad o ineficacia del acuerdo alcanzado.

    Las fases del concurso consecutivo son las siguientes:

    1. Declaración del concurso

    Procede siempre que se dé alguna de las condiciones antes expuestas. Pueden solicitarlo tanto el deudor como los acreedores y el mediador concursal. Generalmente conviene solicitarlo tan pronto como se sepa que no se alcanzará un acuerdo o que este no podrá cumplirse. Y es que la velocidad es clave para tramitar de forma ágil el proceso.

    Será competente para recibir esta solicitud el Juez que:

    • Haya declarado la nulidad o ineficacia del acuerdo, en su caso.
    • O los haya declarado incumplidos.
    • En el caso de acuerdos de refinanciación homologados, será competente el Juez que homologó el acuerdo.
    • Y en el resto de casos será competente el Juez que lo fuera para declarar el concurso.

    También existen peculiaridades procesales cuando se ha alcanzado o intentado un acuerdo de refinanciación o extrajudicial de pagos. Así, el mediador concursal tiene el deber de solicitar la declaración del concurso cuando, en un plazo de 10 días desde la remisión de la propuesta de acuerdo, el 50% o más del pasivo se niegue a iniciar o continuar negociaciones. También cuando los acreedores rechacen la propuesta de acuerdo, el juez lo anule o el deudor lo incumpla.

    En el caso de que en dos meses desde la comunicación de la apertura de negociaciones el Notario o el mediador entiendan que no será posible llegar a un acuerdo, deberán solicitar la apertura del concurso consecutivo dentro de diez días. Es decir, el plazo máximo para negociar es de dos meses.

    2. Reintegración de la masa activa

    Declarado el concurso consecutivo se podrán rescindir aquellos actos que, durante los dos años anteriores a su fecha de declaración, se hayan realizado en perjuicio de la masa activa. En el caso de los Acuerdos Extrajudiciales de Pagos, se podrán anular aquellos actos realizados por el deudor desde la solicitud de nombramiento del mediador concursal.

    Será la administración concursal la encargada de ejercitar las acciones de reintegración. En este sentido, lo más habitual es que el propio mediador concursal asuma este papel.

    3. Calificación del concurso

    El concurso consecutivo tiene una serie de especialidades en materia de calificación, pero solo afectan a las personas jurídicas. En cualquier caso, si la empresa quiere evitar la calificación y sus correspondientes sanciones o la derivación de deuda, puede recurrir al Concurso Express para evitar esta fase.

    4. Tramitación del concurso consecutivo

    Realizadas las anteriores operaciones, el concurso consecutivo al Acuerdo Extrajudicial de Pagos se tramita como un procedimiento abreviado. Dispondremos de un plazo de 15 días para presentar propuesta anticipada de convenio o plan de liquidación, dependiendo de si somos o no empresarios.

    La tramitación del concurso consecutivo es relativamente ágil. No solo porque se trate de un procedimiento abreviado, sino también porque se reutilizará la información recabada en la solicitud de la Segunda Oportunidad y elaborada a lo largo de las negociaciones.

    5. Conclusión y obtención del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

    El concurso consecutivo concluye con la liquidación del patrimonio del deudor. Siempre que no se califique como culpable y se cumplan los restantes requisitos establecidos en la Ley, el Juez otorgará el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, que equivale a la cancelación de deudas. Dicho de otro modo, la última fase del concurso consecutivo supone la liberación del deudor.

    Ahora conoces las fases del concurso consecutivo. Si necesitas la ayuda de un abogado especialista en Segunda Oportunidad para librarte de tus deudas tan solo tienes que contactar con nosotros. Te ofreceremos gratuitamente y sin compromiso los presupuestos de dos especialistas.

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