Las demandas colectivas de consumidores no son un mecanismo muy utilizado en nuestro ordenamiento. Sin embargo, a lo largo de los últimos años han ido cobrando importancia hasta que el año pasado la Unión Europea publicó su Directiva (UE) 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores. Con esta norma se da un margen a todos los Estados miembro para que adapten su legislación nacional a lo que se exige, para que las demandas colectivas de consumidores sean una realidad a nivel europeo, no un hecho anecdótico.
¿Qué es una demanda colectiva?
Una demanda colectiva es una herramienta para acudir a la justicia para defender sus derechos que pueden utilizar varias personas afectadas al mismo tiempo. La demanda colectiva es entonces una manera de defender conjuntamente intereses colectivos para resolver un mismo conflicto.
Legislación en torno a la demanda colectiva
Como adelantábamos al principio del artículo, a finales del año pasado la Unión Europea publicó una directiva para sentar las bases de las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores en los diferentes Estados miembro. Los Estados deberán adaptar su legislación para cumplir esas exigencias antes de finales del año 2022.
Sin embargo, en el ordenamiento jurídico español ya contábamos con esta figura. Está recogida en varias leyes, pero no existe una ley concreta y su regulación no es muy específica ni es una herramienta muy utilizada. Esto no es solo porque la ciudadanía no opte por intentar utilizarla, si no porque en ocasiones son los propios jueces los que no admiten este tipo de demandas. Esto es debido a que si no se cumplen todos los criterios, el tribunal en cuestión podrá declarar la demanda colectiva inadmisible a trámite.
¿Cuándo se debe presentar demandas colectivas de consumidores?
Las demandas colectivas van a resultar mucho más baratas y serán más eficaces a la hora de hacer presión, pero no siempre se podrán presentar y, de hecho, algunas veces no será aconsejable hacerlo. Por ejemplo, no serán una buena opción para casos que presentan ciertas particularidades, ya que las demandas colectivas no las tendrán en cuenta.
Lo ideal para presentar una demanda colectiva es que el hecho demandado sea el mismo para todos aquellos que forman parte de la misma. No se defenderán en una demanda colectiva casos especiales. El caso se plantea como uno, aunque haya muchas personas en la parte demandante. Si tu caso tiene muchas particularidades, no te interesará adherirte a una demanda colectiva. En caso contrario, es aconsejable que lo hagas.
Los ejemplos más típicos para entender lo “igual” que es un hecho viable para una demanda colectiva son:
- Retraso de un vuelo. El hecho es exactamente el mismo y, en principio, el beneficio que vais a poder sacar será el de todos los pasajeros igual.
- Cláusulas bancarias abusivas. Este caso es muy sonado y un mismo documento, aún firmado en diferentes sitios en diferentes momentos, puede ser un mismo caso y dar lugar a una demanda colectiva.
- Cobros injustificados por parte de empresas. El hecho de que una empresa cobre a cada persona 3 euros que no le corresponde no suele ser viable para que una única persona lo reclame. Sin embargo, como consumidor tiene derecho. Y, si esos mismos 3 euros le están siendo cobrados a miles de personas más, una demanda colectiva será una buena manera de que la empresa respete los derechos de los consumidores así como que no se siga lucrando de manera injusta.
Evitar esto último es el mayor interés de la Directiva europea ya que es una realidad que los consumidores, si quieren hacer valer sus derechos, se ven obligados a enfrentarse a complejos procesos para hacer frente a prácticas ilícitas de las empresas. Las demandas colectivas son un mecanismo procesal de protección de los consumidores.
¿Quién puede presentar demandas colectivas de consumidores?
La Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000) declara que tendrán la capacidad de ser parte ante los tribunales civiles aquellos grupos de consumidores afectados podrán demandar en juicio, pero será necesario que el grupo se constituya con la mayoría de los afectados. Y también tendrán dicha capacidad las entidades habilitadas conforme a la normativa comunitaria europea para el ejercicio de la acción de cesación en defensa de los intereses colectivos y de los intereses difusos de los consumidores y usuarios.
Además, estarán legitimados para realizar la defensa de derechos e intereses de consumidores en juicio las asociaciones de consumidores legalmente constituidas. Las entidades que tengan por objeto la defensa de consumidores en concreto estarán legitimadas para defender a ese grupo concreto. Esto siempre que dichas entidades estén legalmente constituidas.
El Ministerio Fiscal también estará legitimado para ejercitar cualquier acción en defensa de los intereses de los consumidores.
¿Cuáles son las ventajas de la demanda colectiva?
La ventaja más grande son los costes. Estos se reducirán muy notablemente en relación a lo que te costaría abordar una demanda de manera individual. Además, se suma la capacidad de presión por ser muchas más las personas que están demandando.
Para valorar tu caso en concreto cubre el formulario que dejamos a continuación. Así podrás saber si realmente es viable que forme parte de una demanda colectiva. Te facilitaremos dos presupuestos sin ningún tipo de compromiso. Esto es para que abogados especializados en materia de derecho de consumidores puedan asesorarte sobre la viabilidad de embarcarte en una demanda colectiva.